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Constituirme en una Sociedad Mercantil: ¿Realmente lo Necesita mi Emprendimiento?


FORMALIZAR NUESTRO NEGOCIO SIGNIFICA LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A BENEFICIOS FISCALES ASÍ COMO OBTENER APOYOS GUBERNAMENTALES ADECUADOS PARA NUESTRO GIRO COMERCIAL, PERO TAMBIÉN IMPLICA UNA MAYOR FORMALIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE NUESTRAS OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL.


Para nadie resulta sorprendente que en la actualidad, la mayor parte de los emprendimientos en México se encuentran en un estado de informalidad: la mayoría de quienes emprenden un negocio suelen desconocer los beneficios que trae dar forma legal a su negocio, y consideran que la formalización sólo les traerá mayores cargas fiscales y obligaciones laborales así como de seguridad social. En esta ocasión, buscamos desmentir algunos mitos y falsas ideas sobre el tema, así como ilustrar algunos de los beneficios que trae convertir a tu negociación en una sociedad mercantil, adecuada a los fines de tu actividad comercial.


PRIMER MITO: “SI FORMALIZO MI EMPRESA, EL FISCO ESTARÁ SOBRE MIS INGRESOS”


Independientemente de la forma legal en que usted decida llevar a cabo sus negocios, debe ser consciente en todo momento que todo ciudadano se encuentra obligado, a cumplir con sus obligaciones tributarias y mantenerse al día en el pago de contribuciones.


Es por ello que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reconoce diferentes esquemas de tributación, ofreciendo cada uno diferentes beneficios fiscales según la actividad económica del comerciante y distinguiendo entre personas morales y físicas. Los regímenes de las personas físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos, de la siguiente manera:


* Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios;

* Actividades Empresariales y Profesionales;

* Régimen de Incorporación Fiscal;

* Enajenación de Bienes;

* Régimen de Arrendamiento; entre otros.


En el caso de las personas morales, sus obligaciones fiscales se circunscriben a las siguientes:


* Inscripción y Obtención del Registro Federal de Contribuyentes;

* Expedición de Facturas Electrónicas (CFDI);

* Presentación de Declaraciones Provisionales;

* Presentación de Declaración Anual;

* Presentación de Información relacionada con la Contabilidad Electrónica; entre otras.



SEGUNDO MITO: “UN NEGOCIO INFORMAL NO TIENE LAS MISMAS OBLIGACIONES CON SUS EMPLEADOS, QUE UN EMPRENDIMIENTO FORMAL”


Contrario a lo que muchas personas pudieran pensar, operar como persona física puede resultar contraproducente y en general implica que el empresario deberá responder con su patrimonio, por las obligaciones que le resulten en caso de conflictos laborales, comerciales o civiles (incumplimiento de contratos).


La existencia de una persona jurídica, permite que las relaciones jurídicas del empresario con sus trabajadores, proveedores y acreedores se lleven a cabo entre éstos y la sociedad mercantil, la que en caso de conflicto será la que negocie y en su caso responda con el patrimonio social, sin que se vea afectado o comprometido el patrimonio personal del propietario así como de los socios; asimismo, el grado de responsabilidad de los socios estará determinado por el tipo de sociedad que se constituya, ya sea una sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad cooperativa, entre otras.

Después de analizar y desmentir algunos de los mitos más comunes sobre la formalización de empresas, es importante señalar algunos beneficios que derivan de la constitución de sociedades mercantiles:

* Mayor certeza en la administración del negocio (Gobierno Corporativo).

* Definición del objeto social de la sociedad.

* Acceso a estímulos fiscales y beneficios tributarios.

* Derechos de Propiedad Intelectual, tales como la protección de marcas, patentes, diseños

industriales y modelos de utilidad, entre otros.


Si desea conocer más sobre este tema o busca una asesoría jurídica integral, quedo a sus órdenes:


Lic. Ricardo Corona Arias.

Cédula Profesional No. 12008796.


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